miércoles, 21 de marzo de 2012

AL INSTALARSE LA JUNTA DE GOBIERNO Y COORDINACIÓN POLÍTICA INICIA UNA NUEVA ETAPA EN LA VIDA INSTITUCIONAL DELCONGRESO LOCAL 
* Es integrada por los diputados coordinadores de las fracciones parlamentarias, del PAN, Gil Cuerva Tabardillo; del PRI, Juan Alberto Valdivia Alvarado; del PRD, Alberto Treviño Angulo; del PRS, y los representantes de minoría, diputado Santos Rivas García del PMC, y las diputadas Guadalupe Olay Davis, del PANAL, y Edith Aguilar Villavicencio, independiente.
La Paz B.C.S.- Con la instalación de la Junta de Gobierno y Coordinación Política inició una nueva etapa en la vida institucional del Poder Legislativo, la cual, conforme lo establece el artículo 50 de la Ley Reglamentaria del Congreso del Estado, es integrada por los diputados coordinadores de las fracciones: del PAN, Gil Cueva Tabardillo; del PRI, Juan Alberto Valdivia Alvarado; del PRD, Alberto Treviño Angulo; del PRS, y los representantes de minoría, diputado Santos Rivas García del PMC, y las diputadas Guadalupe Olay Davis, del PANAL, y Edith Aguilar Villavicencio, independiente.
Es integrada por los diputados coordinadores
de las fracciones parlamentarias, del PAN, Gil
Cuerva Tabardillo; del PRI, Juan Alberto Valdivia
Alvarado; del PRD, Alberto Treviño Angulo; del PRS,
y los representantes de minoría, diputado Santos
Rivas García del PMC, y las diputadas Guadalupe
Olay Davis, del PANAL, y Edith Aguilar
Villavicencio, independiente
Al entrar en funciones, la Junta de Gobierno y Coordinación Política es presidida por el diputado Gil Cueva Tabardillo, responsabilidad que se cumple como lo establece la fracción II del Artículo 50 de la Ley, misma que indica la titularidad recaerá sucesivamente en los coordinadores de las fracciones parlamentarias en orden de mayor a menor representación, con una duración de un año de ejercicio constitucional.
Los acuerdos o decisiones de la Junta de Gobierno y Coordinación Política se tomarán por mayoría de votos de sus miembros presentes, mediante el sistema de voto ponderado, en el cual los respectivos coordinadores representarán tantos votos como integrantes tenga su fracción parlamentaria, en caso de empate, el presidente tendrá voto de calidad, y los diputados que no integren fracción, formarán parte de la Junta de Gobierno teniendo el derecho a voz y voto.
Las facultades de la Junta de Gobierno y Coordinación Política, como lo indica el Articulo 51 de la Ley Reglamentaria, entre otras son impulsar la conformación de acuerdos relacionados con el contenido de las propuestas o iniciativas que requieran de su votación en el Pleno, a fin de agilizar el trabajo legislativo.
Asimismo, tratar todos los asuntos políticos de carácter externo de la Legislatura con los demás Poderes, ya sean federales, estatales o de cualquier entidad federativa y con los Municipios; y demás organismos y entidades públicas nacionales e internacionales, en este último caso realizar la designación de delegaciones para atender la celebración de reuniones interparlamentarias con órganos de otros estados o el Congreso de la Unión, con respecto a esta reuniones, en los periodos de receso, el Presidente de la Junta de Gobierno hará la designación respectiva.
La fracción XII, del mismo Artículo 51, señala la administración con eficiencia y transparencia del Presupuesto de Egresos del Congreso para cada año, así como establecer las bases para autorizar adquisiciones mediante licitación  pública de bienes y la contratación de prestación de servicios para la función legislativa, informando de manera oficiosa y al término de cada período ordinario de sesiones al pleno del Congreso.
De igual manera se deberá establecer una agenda legislativa común, para cada uno de los periodos ordinarios de sesiones, de los asuntos o temas relevantes para la vida pública del Estado, además de presentar a la Mesa Directiva y al Pleno, para su aprobación, proyectos de acuerdo económico, de leyes y decretos, que entrañen una posición política conjunta del Congreso del Estado.

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