Congreso del Estado
Aprueba contra reforma a la ley orgánica municipal
* La contra reforma fue presentada por la fracción parlamentaria del PAN para derogar las disposiciones aprobadas por la anterior legislatura.
La Paz B.C.S.- Después que la diputada Adela González Moreno se equivocará en la votación donde se discutía la propuesta del diputado Carlos Castro Ceseña, de que se regresará a comisiones el dictamen con proyecto de decreto, el cual
Por mayoria de los diputados del congreso del estado fue aprobada el dictamen con proyecto de decreto que reforma los artículos de la ley orgánica del gobierno municipal |
y según la secretaria de la mesa directiva señaló que la votación había sido de 12 votos en contra y nueve a favor, cuando la realidad había sido 10 votos a favor y 11 en contra, por lo que la décima tercera legislatura del Congreso de Baja California Sur aprobó por mayoría de votos las reformas a los artículos 51 y 84 de la Ley Orgánica del Gobierno Municipal; normatividad que establece la designación de delegados o delegadas deberá hacerse mediante una consulta ciudadana de conformidad a las bases que establezca la convocatoria que para tal efecto expedirán los Ayuntamientos con quince días naturales de anticipación a la celebración de la elección programada para el segundo domingo del mes de junio del primer año de gobierno municipal.
Dicha contra reforma fue presentada por el diputado Ernesto Ibarra Montoya a nombre de la fracción parlamentaria del PAN y dictaminada favorablemente por la Comisión de Puntos Constitucionales y de Justicia.
Por otra parte se establece que el Ayuntamiento calificará los resultados, hará la declaratoria correspondiente y pasará ésta al Presidente o Presidenta Municipal para su ejecución, debiendo tomar posesión de su cargo los delegados electos a más tardar siete días después de la celebración de la elección.
El artículo 51 inciso f, establece que los Ayuntamientos deberán aprobar las convocatoria para la designación de delegados o delegadas municipales, la que será mediante consulta ciudadana.
Respecto a los cuatro artículos transitorios establecen entre otros puntos que por única ocasión los delegados o delegadas y subdelegados o subdelegadas municipales que resulten electos en el mes de junio del año 2011 durarán en su encargo el mismo periodo constitucional que los Ayuntamientos electos el día 6 de febrero del 2011.
El artículo cuarto transitorio precisa que se deroga en todos sus términos el decreto número 1906 emitido por el Congreso del Estado de Baja California Sur, publicado en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado de fecha 20 de marzo del 2011.
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